Glosario/Parte II

Qué es la

Parte II

La Parte II del reglamento noruego de contratación pública (anskaffelsesforskriften) regula las contrataciones valoradas entre el umbral nacional de 1,3 millones de NOK y los umbrales del EEE. En Noruega, estas son las contrataciones nacionales con obligación de publicación, identificadas con una bandera noruega en Doffin, la base de datos nacional de contratación. La Parte II contiene normas procedimentales simplificadas propias de Noruega, ya que las directivas de contratación de la UE solo regulan las contrataciones por encima de los umbrales comunitarios.

¿Cómo funciona la Parte II?

La Parte II abarca las secciones 8-1 a 11-2 y regula todo el proceso, desde la planificación hasta la formalización del contrato. El poder adjudicador debe publicar la contratación en Doffin, pero no está obligado a publicarla en TED.

Los dos procedimientos permitidos en la Parte II son los concursos de ofertas abiertos y restringidos. En un concurso abierto, todos los proveedores interesados pueden presentar ofertas. En un concurso restringido, la autoridad selecciona primero a los proveedores cualificados, que luego son invitados a presentar ofertas, pero el número mínimo de licitadores no puede fijarse por debajo de tres.

Una característica importante es que la autoridad puede mantener un diálogo con los proveedores tras el plazo de presentación. La anterior prohibición de negociación en la Parte II ha sido suprimida, otorgando a los poderes adjudicadores mayor flexibilidad durante el proceso.

¿Qué contrataciones se rigen por la Parte II?

Los rangos principales para 2024-2026 son:

  • Bienes y servicios estatales: 1,3-1,49 millones de NOK (aprox. 120.000-136.000 EUR)
  • Bienes y servicios municipales: 1,3-2,3 millones de NOK (aprox. 120.000-208.000 EUR)
  • Contratos de obras: 1,3-57,9 millones de NOK (aprox. 120.000-5,4 millones EUR)

La Parte II también se aplica a ciertos servicios especiales por encima del umbral nacional. Herramientas como Cobrief facilitan el filtrado de anuncios publicados bajo la Parte II, ayudando a los proveedores a encontrar rápidamente oportunidades relevantes en el mercado noruego.

La Parte II es un elemento distintivamente noruego del marco de contratación pública; cubre el espacio entre las compras sencillas de pequeño valor bajo la Parte I y los procedimientos regulados por el EEE de la Parte III. No tiene equivalente directo en las directivas de contratación de la UE, lo que convierte a la Parte II en uno de los elementos más importantes a comprender para quienes operan en el mercado noruego de contratación pública.

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