Glosario/Medidas de autocorrección

Qué son las

medidas de autocorrección

También conocido como: self-cleaning, medidas correctoras

Las medidas de autocorrección (self-cleaning) son el derecho del licitador a demostrar que ha corregido una situación que, de otro modo, daría lugar a su exclusión, como una condena penal, una falta profesional grave o un acuerdo que falsea la competencia. Si las medidas son suficientes, el poder adjudicador no puede excluirlo. La regla procede del artículo 57.6 de la Directiva 2014/24/UE y en España se recoge en el artículo 72.5 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).

¿Cómo funcionan las medidas de autocorrección?

El punto de partida es una causa de exclusión, obligatoria o facultativa. Según la Directiva, el licitador puede participar igualmente si acredita tres cosas:

  • Reparación: ha pagado, o se ha comprometido a pagar, la indemnización por los daños causados.
  • Colaboración: ha aclarado los hechos y las circunstancias colaborando activamente con las autoridades investigadoras.
  • Prevención: ha adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal concretas para evitar nuevas infracciones.

Usted declara la situación en el ESPD (DEUC) o en otra declaración responsable y adjunta la documentación de las medidas. El poder adjudicador las valora en función de la gravedad y de las circunstancias particulares del caso, conforme al principio de proporcionalidad. Si no las considera suficientes, debe motivar su decisión. Las medidas de autocorrección no sirven a quien está excluido por sentencia firme de participar en procedimientos de contratación, mientras dure esa exclusión.

La exclusión no es indefinida. Según el artículo 57.7 de la Directiva, el plazo máximo es de cinco años desde la condena firme para las causas obligatorias y de tres años desde el hecho para las facultativas. En España, la LCSP regula estas situaciones como prohibiciones de contratar, y el artículo 72.5 limita la autocorrección a las prohibiciones que requieren un procedimiento previo de declaración.

En Noruega, la regla equivalente está en el artículo 24-5 del reglamento noruego de contratación pública (anskaffelsesforskriften). Se aplica a las condenas penales y a varias causas facultativas, como infracciones graves del derecho laboral, acuerdos que falsean la competencia y deficiencias significativas en contratos públicos anteriores. Los plazos de cinco y tres años figuran en el artículo 24-6.

Un ejemplo: una constructora ha aceptado una sanción por infringir la normativa de prevención de riesgos laborales tras un accidente en una obra, un caso que la prensa local trató como delito laboral. En su siguiente oferta a un ayuntamiento, la constructora adjunta el justificante de la multa y la indemnización pagadas, la confirmación de su colaboración con la Inspección de Trabajo, un nuevo sistema de prevención, una nueva dirección de proyecto y el informe de una auditoría externa. El ayuntamiento considera suficientes las medidas y no la excluye.

¿Por qué son importantes para los proveedores?

Un solo error no tiene por qué dejarle fuera de los contratos públicos durante años. La autocorrección le ofrece un camino de vuelta, pero solo si lo documenta bien y a tiempo. El poder adjudicador no tiene obligación de buscar sus medidas. Es usted quien debe presentarlas.

Por eso, trate la documentación como parte de su oferta. Reúna justificantes, correspondencia con las autoridades, nuevos procedimientos e informes de auditoría en un solo lugar para reutilizarlos en el siguiente procedimiento. Herramientas como Cobrief le ayudan a encontrar los requisitos de solvencia y las declaraciones exigidas en los pliegos, para que vea pronto qué debe contestar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar yo mismo la situación?

Sí. El DEUC pregunta directamente por condenas y otras causas de exclusión, y por si ha adoptado medidas de autocorrección. Ocultar información o falsearla es en sí misma una causa de exclusión.

¿Durante cuánto tiempo puede pesar la situación?

Como máximo cinco años desde la condena firme para las causas obligatorias y tres años desde el hecho para las facultativas.

¿Qué se considera una medida suficiente?

No existe una lista cerrada. Cuanto más grave sea la situación, más tendrá que demostrar. Los pasos concretos y verificables, como nuevos procedimientos, un cambio en la dirección y controles externos, pesan más que los compromisos generales.

En resumen: las medidas de autocorrección le permiten licitar pese a una infracción anterior, siempre que pueda acreditar la reparación, la colaboración con las autoridades y medidas que eviten que se repita.

¿Listo para ganar más licitaciones?

Cobrief te ayuda a encontrar, evaluar y responder a licitaciones.

Prueba Cobrief gratis